Es el procedimiento mediante el cual se da seguimiento a peticiones y/o inconformidades ciudadanas por falta de respeto en solicitudes de trámites y/o servicios previstos en la normatividad aplicable.
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana cuando con acciones u omisiones, el servidor público encargado del trámite o servicio, niegue la gestión sin causa justificada.
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana cuando con acciones u omisiones, el servidor público encargado del trámite o servicio, niegue la gestión sin causa justificada.
La Protesta Ciudadana será revisada por la Comisión o las Comisiones municipales, según corresponda quienes emitirán su opinión en un plazo de cinco días dando contestación al ciudadano que la presentó, dará vista de la misma al Sujeto Obligado y, en su caso, al órgano competente competente en materia de responsabilidades.